Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt rechazó tutela laboral de buzo contra empresa pesquera por contraer osteonecrosis humeral en labores realizadas en sus dependencias.
Integridad física.
Integridad física.
Corte de Rancagua señaló que marco de la discusión excede la naturaleza cautelar y sumaria de la acción de protección.
La Corte Suprema señaló que, resultó evidente que el reglamento recurrido fue dictado en ejercicio de la potestad reglamentaria del Presidente de la República.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
El objetivo principal del proyecto ingresado es establecer medidas para asegurar el cumplimiento de dicha obligación.
Los hechos se dieron en el contexto de la Prueba de Selección Universitaria.
Esto, a propósito consulta de Consejero Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, quien solicitó un pronunciamiento sobre el límite del monto del viático que les corresponde a los consejeros regionales.
El ente contralor sostuvo que, esto, siempre y cuando estas no sobrepasen la restricción establecida en el artículo 37 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior.
La Magistratura constitucional sostuvo que la ausencia de justificación racional suficiente de la norma legal analizada queda al descubierto si se revisa la historia de la ley de las diferentes modificaciones sobre el particular, la cual es escasa, errática e inespecífica.
Estas medidas se enfocan, especialmente, en personas que tienen mayor riesgo de contagio de la enfermedad COVID-19, y previendo medidas especiales para quienes tengan sospecha de contagio.