CS confirmó sentencia que acogió protección contra particular por impedir a empresa perteneciente a ENAP acceder a predio sirviente de un oleoducto.
En su sentencia, la Corte de Chillán sostuvo que la imposibilidad de ingresar para el personal de la empresa recurrente al predio del recurrido, constituye un acto que perturba y atenta en contra del derecho de dominio de la actora sobre tal infraestructura, en cuanto le impide usarlas convenientemente.