Tribunal Supremo de España confirma acuerdos de la Junta Electoral Central que apreciaron vulneración de la neutralidad en dos emisiones de canal de TV de Cataluña durante periodo electoral de abril de 2019.
La sentencia recuerda que el proceso de electoral ha de cumplir con sus cometidos respetando los principios de neutralidad informativa y de respeto al pluralismo político y a la igualdad.